Ana Estrada  sufre de una enfermedad degenerativa e irreversible. (Elías Alfageme)
Ana Estrada sufre de una enfermedad degenerativa e irreversible. (Elías Alfageme)

El Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima (CSJL) ordenó al Ministerio de Salud y a EsSalud respetar la decisión de Ana Estrada Ugarte, de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia.

“Declarar fundada en parte la demanda interpuesta por la Defensoría del Pueblo, en beneficio de doña Ana Estrada Ugarte, contra el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Salud y el Seguro Social de Salud del Perú, EsSalud, al considerarse afectados los derechos a la dignidad, autonomía, libre desarrollo de su personalidad y de la amenaza de no sufrir tratos crueles e inhumanos”, declara la .

“Se inaplique el artículo 112° del Código Penal vigente, para el caso; por lo que los sujetos activos, no podrán ser procesados, siempre que los actos tendientes a su muerte en condiciones dignas, se practiquen de manera institucional y sujeta al control de su legalidad, en el tiempo y oportunidad que lo especifique; en tanto ella, no puede hacerlo por sí misma”, indica.

En ese sentido, el fallo señala que se ordena al Minsa y Essalud respetar la decisión de Ana Estrada de morir con dignidad a través del proceso de la eutanasia, mediante la acción de un médico de suministrar de manera directa (oral o intravenosa), un fármaco destinado a poner fin a su vida, u otra intervención médica destinada a tal fin.

Asimismo, en un plazo de 7 días, tanto el Minsa como Essalud independientemente, deberán conformar sendas Comisiones Médicas interdisciplinarias, con reserva de la identidad de los médicos y con respeto de su objeción de conciencia, si fuere el caso.

Para ello, Essalud deberá formar dos comisiones, siendo la primera la que tendrá como función la elaboración de un plan que especifique los aspectos asistenciales y técnicos de la decisión tomada y un protocolo de cumplimiento de su derecho a la muerte digna y otra comisión que cumpla con practicar la eutanasia propiamente dicha.

En tanto, el Minsa formará una comisión para que apruebe el plan que especifique los aspectos asistenciales y técnicos, elaborados por la comisión de Essalud.

EL CASO

Estrada fue detectada con una enfermedad degenerativa llamada polimiositis a la edad 12 años. Aún así pudo estudiar Psicología y trabajar hasta que esta condición le quitó esas posibilidades. Actualmente, apenas puede moverse, pues se encuentra en un estado de dependencia muy alta, con 20 horas al día postrada en cama.

Desde hace un año, se ha convertido en activista de su propia causa, y desde su blog titulado “Ana Busca La Muerte Digna” escribe sobre la necesidad de crear consciencia respecto al derecho que reclama.

Ella informó en diciembre del 2020 que la acción de amparo que presentó la Defensoría ante la Corte Superior de Justicia para que se respete su derecho a una muerte digna se vio retrasada por la instauración del estado de emergencia. La audiencia de su caso está programada para este jueves 7 de enero.

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