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La Comisión de Justicia de la Asociación Deportiva de Fútbol Profesional (CJ-ADFP) ha decidido sancionar a Real Garcilaso con la pérdida de los seis puntos que ganó en los partidos ante Alianza Atlético (2-1) y Juan Aurich (1-2) por haber hecho jugar al delantero paraguayo Carlos Neumann.
La CJ-ADFP estuvo, hasta horas de la madrugada de ayer, deliberando el caso en el que el jugador de Real Garcilaso tenía contrato hasta el 30 de junio, firmó una renovación el 14 de julio y jugó el duelo de ese mismo día ante los sullanenses y una semana después frente a los chiclayanos. Según las bases, toda renovación o nueva contratación debe esperar para jugar cuando se reabra el libro de pases, cosa que sucedió recién el 1 de agosto, por lo que luego de analizar la situación, el club cusqueño infringió en lo mencionado.
Hasta el momento no ha salido la resolución oficial de la CJ-ADFP; sin embargo, una fuente allegada al caso nos confirmó que -efectivamente- los delegados de Juan Aurich y Alianza Atlético expusieron la situación a los encargados de la comisión, quienes fallaron a favor de estos dos clubes, dándoles los tres puntos a ellos en desmedro de lo hecho por Garcilaso en el campo de juego.
Trascendió que de los ocho miembros que integran la comisión, cuatro estuvieron a favor de lo decidido, tres se mostraron en contra, mientras que uno no participó porque se encontraba de viaje.
Los cuatro partidos de julio en los que tuvo minutos Carlos Neumann en Real Garcilaso fueron el triunfo 2-1 a Unión Comercio, la derrota 2-1 con Universitario y las victorias por el mismo resultado ante Alianza Atlético y Juan Aurich. Los dos últimos ya reclamaron, mientras que la ‘U’ no lo hizo porque ganó el encuentro.
Pero el cuadro de Nueva Cajamarca no realizó el reclamo al día siguiente, como lo hicieron los otros dos clubes, y por eso la ADFP lo declaró improcedente por ser extemporáneo.
Sin embargo, Unión Comercio ha presentado un recurso de queja ante la Federación Peruana de Fútbol (FPF), porque considera que hubo una errónea interpretación al no tomar en consideración lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 45° del Reglamento Único de Justicia de la Federación Peruana de Fútbol, en que se señala que “las infracciones cometidas durante un partido prescriben a los dos años. Las demás prescriben, con carácter general, a los diez años”. La decisión de la FPF también esperará.