El Minsa destacó que el protector facial puede cubrir boca, nariz y ojos. (Foto: Ángela Ponce/GEC)
El Minsa destacó que el protector facial puede cubrir boca, nariz y ojos. (Foto: Ángela Ponce/GEC)

El informó que el uso de protectores faciales podría reducir hasta en un 90% el riesgo de contagios de (COVID-19), según una investigación publicada en la revista británica ‘’ y estudios de las universidades de Nueva Gales de Australia y Leipzig de Alemania.

Mediante un del sector, el doctor Mario Izquierdo, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Minsa, sostuvo que este metaanálisis incluyó 13 estudios y encontró que la careta constituye una franca barrera física porque cubre desde los ojos hasta por debajo del mentón

“Por tanto, una adecuada prevención implica la protección de las vías respiratorias (nariz y boca) y la mucosa conjuntival (ojos) por donde ingresa el virus, sobre todo cuando se acude a lugares con alto flujo de personas, como mercados, centros comerciales, transporte público, bancos u hospitales”, remarcó.

Sin embargo, el especialista precisó que el escudo facial no reemplaza a la mascarilla, tampoco al lavado de manos o distanciamiento físico, pero sí representa una protección adicional, especialmente para aquellas personas con factores de riesgo o que trabajan en contacto con el público, además, imposibilita tocarse el rostro con las manos contaminadas.

“La persona debe colocarse el escudo facial luego de lavarse las manos y ponerse la mascarilla, logrando un ajuste cómodo del dispositivo, mientras que el retiro debe hacerse con los ojos cerrados momentáneamente, tocando el arco y jamás la lámina que protege. Su limpieza debe realizarse con agua y jabón para no deteriorar su capacidad protectora y empañar la visión”, agregó Izquierdo.

Cabe indicar que el Instituto Nacional de la Calidad (Inacal) indicó que, en situación de pandemia, su uso es necesario en complemento con otras medidas de barrera.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha establecido como obligatorio el uso de estos protectores para el uso de servicios de transportes urbanos, interprovinciales y aéreos en todo el territorio nacional.